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Estudio Jurídico Ejaso

 

¿Qué entendemos por trato inadecuado?

Cualquier comportamiento que altere la independencia económica, seguridad y la tranquilidad de un mayor , puede considerarse como un trato inadeacuado.

En el artículo 25, párrafo 1, de la Declaración Universal de Derechos Humanos se establece que:

“Todas las personas tienen derecho a un nivel de vida adecuado para la salud y el bienestar propio y de su familia, incluyendo comida, ropa, hogar y atención médica y servicios sociales necesarios, y el derecho a la seguridad en caso de desempleo, enfermedad, discapacidad, viudez, edad avanzada o cualquier otra carencia en circunstancias ajenas a su voluntad”.

Cualquier carencia de algunos de estos bienes y servicios sociales se considerara una vulneración a sus derechos básicos.

 

¿Qué se considera un mal trato?

Los malos tratos a mayores se refieren a cualquier acto u omisión que produzca daño, intencionado o no, a personas de 65 y más años, que ocurra en el medio familiar, comunitario o institucional, que vulnere o ponga en peligro la integridad física, psíquica, así como el principio de autonomía o el resto de los derechos fundamentales del individuo, constatable objetivamente o percibido subjetivamente.

Los malos tratos en los mayores repercuten en su calidad de vida, pudiendo provocar sobre el mayor alteraciones de toda índole como pueden ser insemnio, pérdida de autoestima, depresión, miedo, ansiedad, altercaciones alimenticias, etc.

 

El problema de los malos tratos en mayores es muy difícil de detectar , ya que muchos de ellos no son conscientes de que son objeto de malos tratos y otros son incapaces de manifestarlo por no perjudicar  ni preocupar a su propia familia.

 

¿Qué tipos de malos tratos hay?

Existen distintos tipos de malos tratos, en función de la naturaleza de los mismos.

1.- Malos tratos físicos: Son actos que causan daño o lesión física de forma intencional a otra persona.

2.-Malos tratos psicológicos: Son abusos que provocan dolor o lesión emocional e intelectual. También se consideran malos tratos psicológicos que se  pueden provocar ante la persona mayor, la coacción y/o intimidación por parte de un tercero.

3.-Malos tratos económicos: Utilización de los recursos económicos /financieros del mayor, sin su consentimiento o en contra de su voluntad. El tercero dispondrá de los recursos económicos del mayor para su propios intereses.

4.-  Negligencia en el cuidado: Comportamiento inadecuado, pero sin dolo, por parte de la persona encargada de cuidar al mayor en el cuidado de la vida diaria del mayor.

La negligencia es el tipo de maltrato más común entre los mayores.

5.- Abandono: Claudicación total por parte de la persona encargada de prestar los cuidados necesarios para asegurar la atención del mayor.

6.- Otros malos tratos: Existen otros malos tratos de diferente naturaleza, como puede ser la vulneración de los principios básicos del mayor, como puede ser la interposición en la toma de decisiones del mayor, la obligación a que realice diferentes comportamientos, imposiciones de toda índole, etc.

 

El cuidado de los mayores es una tarea compleja que nos compete a todos y el fin que debemos de lograr es proporcionarles un trato que no les altere su calidad de vida, es más , que se la mejore gracias a nuestras actuaciones.